¿Quieres saber más sobre el testamento solidario?
¿Qué es un testamento?
El testamento es un documento por el que una persona (testador o testadora) dispone de su herencia, para después de su muerte, de lo que quede, y si queda. Esta persona conserva la plena propiedad y disposición de sus bienes, aunque otorgue testamento. Y además puede cambiar el testamento cuantas veces quiera. El testamento se hace normalmente con una persona notaria de libre elección y confianza del testador, a quien se le explica personalmente la voluntad, para que la recoja la escriba en papel, y lo conserve en sus archivos.
¿Qué es la herencia?
La herencia es el conjunto de bienes derechos y obligaciones de una persona que no se extinguen por su muerte. Por ejemplo la propiedad de una casa, o de dinero, acciones y fondos depositados en los bancos.
¿Qué personas están llamadas a una herencia?
Las llamadas a una herencia son la o las personas que la persona testadora decide en su testamento. A falta de testamento, la ley llama a la herencia de una persona por orden preferente, a determinados parientes, y a falta de parientes al Gobierno Vasco que repartirá la herencia por terceras partes con la Diputación y el Municipio de la persona fallecida.
¿Cómo se puede disponer en el testamento?
Hay dos formas sencillas: Como persona heredera o como persona legataria.
La persona heredera es la “persona continuadora” de la persona causante, y responde de sus deudas, aunque en el derecho civil vasco responde solo, hasta el valor de los bienes de la herencia.
La persona legataria es aquella que recibe algo de la persona testadora, incluso una parte de la herencia, pero no responde de las deudas de la misma.
¿Qué límites hay en el derecho vasco a la disposición de la herencia?
Hay tres límites.
1º.- LA TRONCALIDAD.
Los bienes inmuebles del Infanzonado o tierra llana de Bizkaia, que provienen del tronco de la familia, deben mantenerse en el.
No obstante la persona testadora podrá elegir a que pariente del tronco los entrega.
2º.- LAS LEGITIMAS DE LAS PERSONAS DESCENDIENTES Y DE LA PERSONA CONYUGE O PAREJA DE HECHO.
En el derecho vasco no hay una legitima individual, es igual para todos los hijos e hijas.
La legitima vasca es de una tercera parte de la herencia, pero la persona testadora puede entregar esa legitima, a cualquiera de los hijos, las hijas o la personas descendientes, “separando” o “apartando” a los y las demás.
La legitima de la persona cónyuge o pareja de hecho es de usufructo y varia en función de que haya descendientes o no.
3º. -EL DERECHO DE USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR POR LA PERSONA CONYUGE VIUDO, VIUDA O PAREJA DE HECHO.
Mientras conserve ese estado.
¿Con qué otras personas la persona testadora puede contar para su herencia?
EL COMISARIO o LA COMISARIA FORAL
Es una figura propia del derecho civil vasco, no aplicable en régimen de Código Civil.
Es la persona a quien la persona testadora le puede encomendar la designación de persona heredera, persona legataria, la distribución de los bienes, y “cuantas facultades le correspondan” en orden a la transmisión sucesoria de la herencia.
LA PERSONA ALBACEA
A quien la persona testadora encarga la ejecución de su voluntad expresada en el testamento, y que puede ser una de las personas herederas.
LA PERSONA CONTADORA PARTIDORA.
Para que pueda contar y partir la herencia, sin tener interés propio en la misma.
¿Cómo se puede hacer un testamento solidario en Caritas Bizkaia?
Se puede hacer un Testamento Notarial, revocarlo o actualizarlo, con total discreción, sin tener que explicar que bienes se poseen, ni a quien se desean entregar, salvo al Notario o Notaria para que lo redacte y una vez firmado lo conserve, en secreto en su Protocolo.
Se puede señalar a CARITAS BIZKAIA, EL DESTINO SOLIDARIO DE LOS BIENES QUE SE LE QUIEREN ENTREGAR, dentro de sus fines generales, o dejarlo para sus fines generales de CARITAS BIZKAIA.
Caritas Bizkaia puede ser incluso designada persona Comisaria y persona Albacea.
Para evitar errores el testamento debe mencionar a CARITAS BIZKAIA, ya que la Iglesia Católica tiene Cáritas Diocesanas en las distintas Diócesis.
¿Cómo evitar que se pierda el testamento?
Mediante la entrega de una copia del mismo a la persona Albacea o persona de confianza.
Hay un registro llamado de “Ultimas Voluntades” en el que se anota la existencia (no el contenido) de los testamentos.
Antes de cualquier proceso de reparto de la herencia es necesario obtener el certificado de ese registro que indica la existencia o no de testamento.
Si se desea se puede hacer entrega de una copia a Caritas Bizkaia, que lo mantendrá en custodia y reservado.





